Discurso Jorge Burgos Varela, Proyecto de ley de Televisión Digital
El proyecto de ley que analizamos es de alta significación social. La libertad de expresión, el comercio, el deporte, la economía, la política, la cultura y la vida de las regiones se manifiestan en el medio de comunicación social más masivo y consumido por los chilenos: la televisión.
Por lo mismo, el paso de la televisión analógica a la digital no es una simple mejora tecnológica como el tránsito de la TV en blanco y negro a la de color. Es la construcción y multiplicación de una industria nueva.
El Congreso Nacional, como representante de esa ciudadanía plural, tiene derecho a imponerle los costos a una industria que se apoya en un bien nacional de uso público como es el espectro radioeléctrico. Sin ese bien la TV no existiría y sin su disponibilidad adecuada sólo tendríamos una TV con derechos y sin deberes. Por lo mismo, es el Congreso donde se definen esas cargas.
Pero este proyecto de ley es como un buque que en medio de un temporal botó la carga al mar para aligerar el proyecto y darle velocidad de salida. Sin embargo, no por madrugar se va más rápido. Muchas materias avanzaron pero en muchas otras apenas aparecieron los títulos y hay pocas normas o materias débilmente reguladas. Me pronunciaré sobre lo pendiente y no sobre la carga que quedó en el buque.
Tuvimos que ir al Tribunal Constitucional para acelerar un proyecto que se quería soslayar mediante decretos. El mismo TC redujo los tiempos y deberíamos tener de aquí a Octubre la ley para no volver a pasar bochornos sobre una industria sobre la que asoman cada vez “conejos de un sombrero de mago”.
Tuvimos que mirar la tragedia del tsunami japonés para verificar la manera en que las comunicaciones se interrumpían automáticamente en la TV y había anuncios de emergencia. Pues bien, para eso hay que resguardar con reserva de espectro el canal de emergencia, el llamado One Seg que dará alertas sobre emergencias a nuestros TV portátiles. ¿ Está protegido este Canal de Emergencia por este proyecto de ley ? Si tengo una respuesta positiva, clara y definida con precisión en el texto de este proyecto, bien por Chile, si hay omisiones es necesario legislar.
Tuvimos que mirar una transición televisiva en donde se cruzan intereses comerciales para ver cómo aparecen nuevas temáticas como la necesidad de prohibir la asignación de canales adyacentes en la televisión de libre recepción analógica hasta su extinción.
Pero hay temas que se abordaron y donde las soluciones parecen perfectibles, mejorables y deben ser resueltas antes que vuelvan a la Cámara para su revisión posterior. Me refiero a tres asuntos.
Primero, la transparencia en el CNTV. No es posible segmentar qué aspectos de la Ley de Transparencia aplican o no al Consejo Nacional de TV. El Artículo 51 del proyecto de ley establece limitaciones a la acción del Consejo para la Transparencia. El CNTV es un órgano público y no tiene una autonomía constitucional que le exima de cumplir con algunos de los contenidos del Artículo 8° de la CPR y de la Ley 20.285. Por lo tanto, es rechazable escoger como si fuera un menú que obligación le autoimponemos en materia de transparencia al órgano que debe velar por la asignación de uno de los bienes más preciosos que tiene el Estado: concesiones televisivas. Ni sobre la ley, ni menos que la ley: sólo aplicarla en su totalidad al CNTV.
Segundo, el plazo de las concesiones. Se ha impuesto, en línea con el derecho comparado en la materia, limitaciones de plazo a las concesiones hasta 20 años. Sabemos que este asunto se prolongará como cuestión constitucional por parte de los propios actores. Resulta razonable entender que no es lo mismo la garantía de los plazos concesionales en el marco de la televisión analógica a la TV Digital. Sin embargo, tampoco es indiferente la asignación previa, responsable y con algunas diferencias en el uso que han tenido los canales de sus concesiones. ¿ Por qué debemos otorgarle por 20 años a TVN las concesiones digitales ? ¿ Se va a acabar el Estado en ese plazo, se va a cuestionar su derecho a tenerlas ? Eso sabemos que no va a pasar y ello ya indica que la norma no está bien pensada. La propia Constitución permite hacer diferencias entre concesionarios cuya titularidad es histórica y la reconoció la Constitución, siempre que hayan mantenido y mantengan en plenitud su concesión originariamente otorgada, tanto en dominio como en usufructo. Estos canales que son dos sí tienen derecho a las reglas originales. Los demás tendrán el derecho preferente en las licitaciones en la medida que realicen una oferta tecnológica similar.
Tercero, ¿ cuánta televisión digital y cuánto usufructo ? Como sabemos la TV Digital multiplica y potencia las capacidades de contar con más canales de TV. Por supuesto, que ello depende de la cantidad de megahertz utilizados en la emisión de calidad. La alta tecnología digital ocupa a lo menos 3 megahertz para desarrollar esta capacidad. Se incorporó en el último trámite una referencia a que se reservaba un 50 % para emisiones gratuitas y en similar % podía ofrecerse a un tercero en arriendo. Lo anterior, abre las perspectivas de una modalidad triple de televisión en Chile: la televisión de pago por cable; la televisión de libre recepción digital gratuita y la televisión digital de pago. Esta segmentación no estaba en los planes de ningún legislador. Si la oferta era contar con más canales, de mayor calidad, para ofertar mejores perspectivas ciudadanas, comunitarias, regionales y temáticas, no puede este porcentaje transformarse en el Talón de Aquiles de la televisión por cable como competencia y en Talón de Aquiles de la televisión digital abierta por calidad. No podemos permitir que con cargo a este segmento que “sobraba” o “el resto de la frecuencia” terminemos afectando la calidad de la televisión que los chilenos merecen y encareciendo el mercado de la televisión de cable. Esas indicaciones de última hora son la carga que se recogió en este buque en donde ya había capeado el temporal del Tribunal Constitucional y podía asomar de nuevo. Es necesario dar claridad sobre los efectos económicos de esas reglas y por ahora lo prudente es no apoyarlas.
Requerimos del Gobierno y de la Subtel transparencia en esta legislación, reconocimiento histórico a operadores de televisión necesarios y reglas del juego justas para todos con el objeto de mejorar la televisión en calidad de imagen, calidad en los contenidos y oferta en la diversidad plural de Chile.
Por lo mismo, el paso de la televisión analógica a la digital no es una simple mejora tecnológica como el tránsito de la TV en blanco y negro a la de color. Es la construcción y multiplicación de una industria nueva.
El Congreso Nacional, como representante de esa ciudadanía plural, tiene derecho a imponerle los costos a una industria que se apoya en un bien nacional de uso público como es el espectro radioeléctrico. Sin ese bien la TV no existiría y sin su disponibilidad adecuada sólo tendríamos una TV con derechos y sin deberes. Por lo mismo, es el Congreso donde se definen esas cargas.
Pero este proyecto de ley es como un buque que en medio de un temporal botó la carga al mar para aligerar el proyecto y darle velocidad de salida. Sin embargo, no por madrugar se va más rápido. Muchas materias avanzaron pero en muchas otras apenas aparecieron los títulos y hay pocas normas o materias débilmente reguladas. Me pronunciaré sobre lo pendiente y no sobre la carga que quedó en el buque.
Tuvimos que ir al Tribunal Constitucional para acelerar un proyecto que se quería soslayar mediante decretos. El mismo TC redujo los tiempos y deberíamos tener de aquí a Octubre la ley para no volver a pasar bochornos sobre una industria sobre la que asoman cada vez “conejos de un sombrero de mago”.
Tuvimos que mirar la tragedia del tsunami japonés para verificar la manera en que las comunicaciones se interrumpían automáticamente en la TV y había anuncios de emergencia. Pues bien, para eso hay que resguardar con reserva de espectro el canal de emergencia, el llamado One Seg que dará alertas sobre emergencias a nuestros TV portátiles. ¿ Está protegido este Canal de Emergencia por este proyecto de ley ? Si tengo una respuesta positiva, clara y definida con precisión en el texto de este proyecto, bien por Chile, si hay omisiones es necesario legislar.
Tuvimos que mirar una transición televisiva en donde se cruzan intereses comerciales para ver cómo aparecen nuevas temáticas como la necesidad de prohibir la asignación de canales adyacentes en la televisión de libre recepción analógica hasta su extinción.
Pero hay temas que se abordaron y donde las soluciones parecen perfectibles, mejorables y deben ser resueltas antes que vuelvan a la Cámara para su revisión posterior. Me refiero a tres asuntos.
Primero, la transparencia en el CNTV. No es posible segmentar qué aspectos de la Ley de Transparencia aplican o no al Consejo Nacional de TV. El Artículo 51 del proyecto de ley establece limitaciones a la acción del Consejo para la Transparencia. El CNTV es un órgano público y no tiene una autonomía constitucional que le exima de cumplir con algunos de los contenidos del Artículo 8° de la CPR y de la Ley 20.285. Por lo tanto, es rechazable escoger como si fuera un menú que obligación le autoimponemos en materia de transparencia al órgano que debe velar por la asignación de uno de los bienes más preciosos que tiene el Estado: concesiones televisivas. Ni sobre la ley, ni menos que la ley: sólo aplicarla en su totalidad al CNTV.
Segundo, el plazo de las concesiones. Se ha impuesto, en línea con el derecho comparado en la materia, limitaciones de plazo a las concesiones hasta 20 años. Sabemos que este asunto se prolongará como cuestión constitucional por parte de los propios actores. Resulta razonable entender que no es lo mismo la garantía de los plazos concesionales en el marco de la televisión analógica a la TV Digital. Sin embargo, tampoco es indiferente la asignación previa, responsable y con algunas diferencias en el uso que han tenido los canales de sus concesiones. ¿ Por qué debemos otorgarle por 20 años a TVN las concesiones digitales ? ¿ Se va a acabar el Estado en ese plazo, se va a cuestionar su derecho a tenerlas ? Eso sabemos que no va a pasar y ello ya indica que la norma no está bien pensada. La propia Constitución permite hacer diferencias entre concesionarios cuya titularidad es histórica y la reconoció la Constitución, siempre que hayan mantenido y mantengan en plenitud su concesión originariamente otorgada, tanto en dominio como en usufructo. Estos canales que son dos sí tienen derecho a las reglas originales. Los demás tendrán el derecho preferente en las licitaciones en la medida que realicen una oferta tecnológica similar.
Tercero, ¿ cuánta televisión digital y cuánto usufructo ? Como sabemos la TV Digital multiplica y potencia las capacidades de contar con más canales de TV. Por supuesto, que ello depende de la cantidad de megahertz utilizados en la emisión de calidad. La alta tecnología digital ocupa a lo menos 3 megahertz para desarrollar esta capacidad. Se incorporó en el último trámite una referencia a que se reservaba un 50 % para emisiones gratuitas y en similar % podía ofrecerse a un tercero en arriendo. Lo anterior, abre las perspectivas de una modalidad triple de televisión en Chile: la televisión de pago por cable; la televisión de libre recepción digital gratuita y la televisión digital de pago. Esta segmentación no estaba en los planes de ningún legislador. Si la oferta era contar con más canales, de mayor calidad, para ofertar mejores perspectivas ciudadanas, comunitarias, regionales y temáticas, no puede este porcentaje transformarse en el Talón de Aquiles de la televisión por cable como competencia y en Talón de Aquiles de la televisión digital abierta por calidad. No podemos permitir que con cargo a este segmento que “sobraba” o “el resto de la frecuencia” terminemos afectando la calidad de la televisión que los chilenos merecen y encareciendo el mercado de la televisión de cable. Esas indicaciones de última hora son la carga que se recogió en este buque en donde ya había capeado el temporal del Tribunal Constitucional y podía asomar de nuevo. Es necesario dar claridad sobre los efectos económicos de esas reglas y por ahora lo prudente es no apoyarlas.
Requerimos del Gobierno y de la Subtel transparencia en esta legislación, reconocimiento histórico a operadores de televisión necesarios y reglas del juego justas para todos con el objeto de mejorar la televisión en calidad de imagen, calidad en los contenidos y oferta en la diversidad plural de Chile.