Mi Opinión

26 julio, 2010

Modificaciones a Ley de Isapres

Es probable que dentro de este mes, el Tribunal Constitucional dé a conocer su sentencia sobre la ley que regula la Tabla de Factores de Riesgo de las Isapres. Con anterioridad, el Tribunal ha dictado no menos de cinco fallos declarando que esa ley es inaplicable para las personas que han solicitado su intervención. La diferencia es que ahora, si declara la inconstitucionalidad, su sentencia tendrá el efecto de derogarla y, por ende, será expulsada de nuestro ordenamiento jurídico.

En estos días, hemos leído un sinnúmero de editoriales y escuchado a numerosas personas refiriéndose a este tema; algunos sostienen que la eventual derogación pondría en riesgo la existencia misma de las Isapres; otros han dicho que cerca de quinientas mil personas se verían obligadas a irse a FONASA; en fin, algunos han llamado a revisar las potestades que posee el Tribunal Constitucional de derogar normas.

A raíz de lo anterior, con un conjunto de Diputados de la Concertación, presentamos un proyecto de ley cuya finalidad era establecer las bases para que, de una vez por todas, se incorporen al sistema de salud elementos de suficiencia en la cobertura de salud y solidaridad en el financiamiento de las prestaciones.

En efecto, por un lado se establece un Plan de Salud común al que tendrían derecho todas las personas de Isapres, independientemente de su estado de salud, con lo que se pone fin a las preexistencias para las prestaciones y patologías que se incluirían en él, Plan que tendría como base el AUGE.

Por otro lado, se propone la creación de un Fondo de Compensación Común para el plan de salud universal que se estableciera, lo que permitiría solidarizar el gasto en salud.

Esta iniciativa se la hicimos llegar al señor Ministro de Salud, quien se mostró de acuerdo a las ideas planteadas y se comprometió a formar una mesa técnica entre el Gobierno y el Parlamento que analizara la propuesta.

Lamentablemente, nuestra iniciativa legal fue declarada inadmisible por la Cámara de Diputados, concretamente por los diputados de Gobierno quienes, con una miopía inexplicable, estimaron que la Moción regulaba materias propias de la seguridad social y, en consecuencia, debía ser de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

Desde el retorno a la democracia, se han dictado decenas de leyes en materia de salud que han tenido su origen en iniciativas parlamentarias.

Con su decisión, la Cámara ha sentado un precedente peligroso para el ámbito de atribuciones que los parlamentarios tenemos en materia de iniciativas legislativas.

Lo anterior, por cuanto si se estima que todo lo que diga relación con la salud es una materia propia de la seguridad social, nunca más los diputados o senadores podremos presentar mociones en esta materia. Además, implicará que las leyes sobre salud deberán ser votadas con un quórum mayor al que, hasta hoy, se había aceptado.

Ojalá que el criterio sostenido por los mencionados legisladores haya sido un mal paso y se rectifique.

Volviendo al tema de la tabla de factores, recientemente el Ministro de Salud ha dicho que constituirá la “Comisión Nacional para Revisar el Financiamiento de la Salud” la que se abocará a la generación de un plan de salud básico y universal que incorpore las patologías AUGE, al que adherirán cotizantes con enfermedades preexistentes y, si un afiliado no está conforme, podrá cambiarse a otra, terminando con el problema de la “cautividad”.

Más allá del traspié, por cierto infundado que recibió nuestra moción, como se aprecia, se han recogido las principales ideas que nuestro proyecto contenía por lo que, sin duda, constituirá un importante insumo para que dicha Comisión arribe a buen puerto. Les deseamos éxito y estaremos atentos a la iniciativa legal que se envíe al Parlamento.


Jorge Burgos Varela